Como todos sabemos para las personas con diversidad funcional es mas difícil la inclusión social, aún así hoy en día se han fomentado actividades que apoyen ésto, pero hay muchos casos que impiden que estas personas puedan tener una vida lo más normal posible haciendo las mismas cosas que cualquier otra.
La mayoría de las personas como nosotros que nos relacionamos con personas con diversidad funcional hemos oído o vivido casos en los que se les prohíbe entrar a un local o discoteca, aunque por desgracia son pocos los casos que salen a la luz en medios de comunicación ya que las denuncias por éstos sucesos pasan desapercibidas en la mayoría de ocasiones.
El caso es que El artículo 5 de la Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad ratificada por España prohíbe “toda discriminación por motivos de discapacidad y garantiza a todas las personas con discapacidad protección legal igual y efectiva contra la discriminación por cualquier motivo”. Y aún así hay discotecas que prohíben su entrada por ser un "grupo especial" además de esto el artículo 512 de nuestro Código Penal sanciona con entre 1 y 4 años de inhabilitación profesional a quien, ejerciendo su actividad laboral, deniegue a una persona una prestación a la que tenga derecho por razón de su minusvalía, entre otros muchos aspectos, como la raza, religión, sexo u orientación sexual.
Todos debemos conocer la existencia de estos derechos para poder hacerlos efectivos, en primer momento hemos de reclamar nuestros derechos cuando no sean respetados y en su defecto denunciar y hacer público lo sucedido para que así todos podamos juzgar y decidir donde no ir.
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